Principios FAIR: buenas prácticas para datos abiertos de investigación

Con el objetivo de desarrollar la filosofía de la Ciencia Abierta, la Comisión Europea requiere, desde enero de 2017, que todos los proyectos financiados con el Programa Horizonte 2020, salvo excepciones justificadas, garanticen el acceso abierto a los datos de investigación.

Junto al requerimiento de desarrollar un plan de gestión de datos de investigación, hay que depositar en abierto estos datos siguiendo los principios FAIR (acrónimo de Findable, Accessible, Interoperable y Reusable), que se publicaron en 2016 en la revista Scientific Data de Nature, en el artículo Principios FAIR para el manejo y administración de datos científicos.

Los principios FAIR consisten en un conjunto de cualidades para conseguir que los datos sean:

  1. Encontrables: asignando un identificador único y persistente DOI o handle, describiendo los datos con metadatos enriquecidos, incluyendo el identificador asignado e indexándolos en un recurso de búsqueda.
  2. Accesibles: utilizando protocolos estandarizados de comunicación que sean abiertos y gratuitos. Cuando los datos no puedan ser abiertos por razones de privacidad, seguridad nacional o intereses comerciales, el protocolo debe permitir procedimientos para la autentificación y la autorización.
  3. Interoperables: los metadatos deben utilizar formatos, lenguajes y vocabularios acordados por la comunidad y contener enlaces a información relacionada mediante identificadores.
  4. Reutilizables: asignando metadatos con atributos que proporcionen información contextual y metadatos de información sobre su procedencia. Deben utilizar una licencia abierta y legible por ordenador y estándares que use la comunidad del dominio concreto, para permitir su reutilización.
Principios FAIR.

Imagen: Australian National Data Services.

Publicar los datos de investigación en acceso abierto y siguiendo los principios FAIR permite cumplir con el siguiente lema: «as open as possible, as closed as necessary». Nos recuerda la importancia de hacer los datos abiertos en la medida en que sea posible, y lo necesariamente cerrados para proteger los datos personales, sensibles, médicos, de salud, datos relacionados con temas de confidencialidad, de seguridad o en caso de que puedan ser explotados comercialmente o industrialmente.

Deja un comentario